sábado, 3 de diciembre de 2011

Prensa y Poder durante Isabel II

Fue un hallazgo en una Feria del Libro Antiguo y de Ocasión que no pude dejar escapar. Es un librito de pequeño formato que, en realidad, no es viejo sino de 2005, y no lo edita una editorial sino una imprenta: prácticamente una edición no venal con la que el autor hace público un ensayo. Y es interesante. Se trata de “Prensa y censura: la libertad de prensa en la Bahía de Cádiz durante el reinado de Isabel II”, de José María Rodríguez Díaz. Para quien gusta la historia del periodismo y sigue los preparativos del bicentenartio de la Constitución de Cádiz, la que proclamó la libertad de imprenta, este hallazgo es un tesoro.

La profusa documentación que ofrece la obra sobre los límites históricos al derecho de Libertad de Imprenta en un período determinado y en el marco de la Bahía de Cádiz, a pesar tales limitaciones geográficas y temporales, es ilustrativa de la realidad de la prensa en su conjunto durante esa época en España. No hay que olvidar que el absolutismo de las antiguas monarquías del Antiguo Régimen evolucionaba definitivamente hacia un período de libertades públicas que permitirá la aparición del moderno periodismo político, aunque, al mismo tiempo, afianzará los mecanismos para su control o regulación, modulados según las vicisitudes del Poder. Es una época en que florecerá una abundante legislación sobre la libertad de imprenta, especialmente en lo que respecta a la prensa.

Isabel II accedería al Trono a finales de 1843, cuando las Cortes proclaman su mayoría de edad con 14 años. Tres años antes finalizaba la guerra carlista, cerrándose por fin un largo período convulsivo que se había iniciado con el reinado de Carlos IV y la Guerra de la Independencia contra el invasor napoleónico. A pesar de la inestabilidad política de su reinado, la realidad socio-económica del país logra una palpable recuperación general. Tras años de desorden y desmantelamiento del Antiguo Régimen, se construye un Estado liberal que busca armonizar orden y libertad, basándose en un pragmatismo que antepone los intereses materiales del país a la ideología. Sin embargo, el cambiante ordenamiento jurídico en ese tiempo estará presidido por una libertad censitaria que no prohíbe, pero impide o restringe derechos. El auge del periodismo político, aunque se denomine prensa moderna o informativa, estará constreñido a una actividad de las clases pudientes que buscan defender sus ideales políticos y sus parcelas de poder, apelando a una incipiente opinión pública y el respaldo popular. De ahí la proliferación de cabeceras de un periodismo muy diversificado, representativo de las distintas tendencias políticas, aunque con predominio de la liberal moderada. Así, podrán encontrarse periódicos adscritos desde el ideario carlista hasta los proclives al progresismo, sin olvidar la prensa oficial.

Este es el contexto en el que el libro “Prensa y Censura” pormenoriza la realidad periodística de la Bahía de Cádiz durante el reinado de Isabel II, para describir, primero, la legislación de prensa en la época y los órganos de control de que se vale para vigilar atentamente lo que se escribe y señalar ejemplos, después, de cómo el Poder impide que se publiquen artículos que rebasen sus “líneas rojas”. Y ahí radica la singularidad de la obra: los ejemplos que brinda acerca de la actuación de los distintos agentes para el control de las publicaciones del área de la Bahía de Cádiz. Causa perplejidad percatarse del amplio número de responsables que llegan a controlar y hasta imponer la censura o requisar las tiradas no distribuidas de aquellos números denunciados, bajo el amparo legal de la Constitución de 1837 y hasta 1868. Desde el Censor hasta el Alcalde, pasando por el Gobernador, en el ámbito gubernativo, y el Fiscal de Imprenta, sucesor del Censor y al que sucedió el Promotor del Fiscal o Fiscal Ordinario del Juzgado, el Jurado de Jueces de Hecho y, por último, el Juez ordinario, cuyas decisiones en materia de prensa eran apelables ante la Audiencia de Sevilla.

Pero, además de los encargados del control de la prensa, “Prensa y Censura” también analiza los instrumentos que la autoridad gubernativa dispone para regular la actividad periodística: una retahíla de requisitos legales que usados discrecionalmente servían de filtro para impedir la salida de periódicos no oficiales a la calle o dificultar su actividad. Fundamentalmente eran dos: la fianza y el nombramiento de un editor responsable. La fianza era exigida como requisito ineludible a los periódicos políticos, y solía prestarse por un socio del promotor del periódico, generalmente el propietario de la imprenta o conocidos hombres de negocio. Tan formidable era este instrumento de control que hasta el Boletín Eclesiástico de la Diócesis fue investigado por si debía pagar la fianza. En caso de no poder depositarla, el medio estaba condenado a cerrar, como sucedió con El Duende Gaditano, el primer caso de periódico que desaparece al no poder atender el pago de la misma.

Lo más enjundioso de la obra es el capítulo de Fichas de Censura, un apartado en el que se divulgan los datos relativos a los permisos y las denuncias correspondientes a 166 cabeceras, la mayoría de ellas de Cádiz (141, número que ya denota el auge de la prensa política de la época), El Puerto de Santa María (10), San Fernando (12), Puerto Real (1), Chiclana (1) y Sanlúcar de Barrameda (1). En esos documentos constan las fechas de solicitud de los permisos y de aparición del diario, su periodicidad, lugar de impresión, ubicación de la redacción y el nombre del editor responsable, así como las denuncias que muchos de ellos reciben por los “encontronazos” con la legislación que los controla férreamente. Incluso se pueden conocer, a través de estas Fichas de Censura, las divergencias y las diferentes interpretaciones que se dan entre los distintos órganos de control a la hora de determinar la comisión de un delito de prensa. Tal el caso de El Nuevo Fígaro, al que el Gobernador acusa por un artículo que, a su juicio, falta a la decencia y a las buenas costumbres y lo denuncia al Fiscal, quien contesta que no ve nada denunciable pues “durante el más duro absolutismo se han permitido artículos más picantes, que se pueden oír todos los días en las comedias del Teatro del Balón”.

Prensa y Censura. La libertad de prensa en la Bahía de Cádiz durante el reinado de Isabel II” concluye con un índice bibliográfico sobre las referencias consultadas que evidencia una labor de documentación exhaustiva y considerable. Hay que concluir que se trata de un libro de fácil lectura, ameno, pero que, aún circunscribiéndose al ámbito espacio-temporal que analiza, brinda un testimonio esclarecedor de la difícil relación entre Prensa y Poder, incluso en los momentos más aperturistas y liberales de la historia de España, como el reflejado aquí durante el reinado de Isabel II.

Prensa y Censura:La Libertad de Prensa en la Bahía de Cádiz durante el reinado de Isabel II, de José María Rodríguez Díaz. Imprenta Repeto, Cádiz, 2005. I.S.B.N.: 609-1560-3

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